EL FEMINISMO ES EL EJEMPLO DE QUE SE LAS COSAS SE PUEDEN CAMBIAR DESDE ABAJO,

lunes, 30 de junio de 2025

LA ALCALDESA Y UN ASESOR DEL ACTUAL GOBIERNO DE HOYO DE MANZANARES SE SIENTAN EN EL BANQUILLO ACUSADOS DE PREVARICACIÓN URBANÍSTICA

 

Hoy 30 de junio, en la Audiencia Provincial de Madrid da comienzo un juicio oral
contra once personas, el entonces Alcalde, 8 concejales y concejalas, una de ellas la actual alcaldesa, y dos técnicos del Ayuntamiento, que en 2017 aprobaron, pese a las evidencias de ilegalidad, una segregación de una parcela urbana cuya propiedad era de la Universidad Nebrija.

La Universidad Antonio de Nebrija quería poner en marcha, junto a su campus universitario, una promoción urbanística de 118 viviendas y para ello necesitaba un acceso directo con la A6 que favoreciera la promoción y para ello procedió a la segregación de una parcela que sería cedida para cambiarla de uso y dedicarla al vial que conectaría directamente con la A6 lo que revalorizaría un promoción urbanística que, por otra parte limitaría con el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares.

Los ahora juzgados, entre ellos la actual alcaldesa, cada uno desde su respectiva responsabilidad municipal, aprobaron la licencia de segregación que dejaba fuera de ordenación parte de la parcela resultante de forma consciente y manifiesta, infringiendo las propias Normas Subsidiarias de Hoyo, como la legislación de urbanismo autonómica y estatal.

La entonces Concejala y ahora Alcaldesa
acusada de prevaricación
Y ell a pesar de las críticas y advertencias en  el Pleno por parte de Izquierda Unida y los demás grupos de la oposición de que la operación no era legal, pese a que contara con la unanimidad de la Junta de Gobierno Local. Asimismo, también fueron advertidos de que una de las parcelas resultantes de la segregación quedaría fuera de ordenación y resultaría imposible ser registrada en el Registro de la Propiedad, como así ocurrió a pesar de la oposición inicial a esa denegación de registro por parte del Director de Registros y Notariado que, no obstante acabó reconociendo el error.

Por su parte, la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, resolvió en junio de 2016 la devolución al Ayuntamiento del expediente, debido a la inviabilidad urbanística, ya que la modificación puntual suponía dejar fuera de ordenación una parte de la parcela.

martes, 24 de junio de 2025

IZQUIERDA UNIDA DESTAPA UNA ILEGALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES: EL DEFENSOR DEL PUEBLO NOS DA LA RAZÓN

 

Izquierda Unida  sigue demostrando que defender lo público y exigir legalidad no es una consigna, sino una acción constante.

La subida de sueldo de los concejales aprobada por la Alcaldesa en febrero de 2024 no es legal

Como consecuencia de una denuncia presentada por Izquierda Unida ante el Defensor del Pueblo éste ha confirmado que el aumento de sueldo de los concejales del equipo de gobierno, aprobado por decreto de alcaldía, o lo que es lo mismo por la alcaldesa, la Sra. Barderas, en febrero de 2024, es nulo de pleno derecho.

Así, según las conclusiones del informe remitido por esa institución a la denunciante, el alcalde en este caso la alcaldesa no tiene competencias para modificar las retribuciones fijadas por un Pleno ya que cualquier modificación salarial, en este caso un aumento del sueldo de los concejales de gobierno, debe ser aprobada también por un Pleno y, no por un Decreto de Alcaldía, órgano municipal que, según el Defensor del Pueblo, es “manifiestamente incompetente pues no corresponde a la alcaldía la adopción de un acuerdo que venía a modificar al alza las retribuciones acordadas por el Pleno en sesión celebrada el día 7 de julio de 2023 con ocasión del inicio del mandato corporativo”, por lo que la Sra. Barderas ha vulnerado el sistema legal de competencias municipales, lo que implicaría una posible responsabilidad contable, según el criterio del Tribunal de Cuentas.

Si el gobierno municipal del PP-VOX “hubiera entendido oportuno que las nóminas de los cargos electos aumentaran anualmente de la misma manera que lo hacían la de los funcionarios, podría haberlo acordado. Ahora bien, correspondía al Pleno la adopción de tal decisión”, señala el informe que añade que “ese ayuntamiento ha adoptado un acuerdo retributivo vulnerando el sistema de distribución de competencias de los órganos municipales, por lo que podríamos estar ante la aplicación de un acuerdo nulo en los términos que prevé el artículo 47.1b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común”.

Como consecuencia de ello el Defensor del pueblo recomienda que se proceda a una regularización de ese pago a los cargos electos que considera indebido; por lo que, para Izquierda Unida,  la Alcaldesa y los concejales y concejalas que hubieran sido beneficiarios de ese aumento de sueldo no conforme a ley, deberían proceder a la devolución de las cantidades percibidas de manera irregular.

El informe completo en: https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=1126022902894064&id=100064590946169&rdid=5ktvW6Dy9TV9wJuS#

lunes, 16 de junio de 2025

CONTRA LA CORRUPCIÓN: TRANSPARENCIA, CONTUNDENCIA Y ACCIÓN LEGISLATIVA PARA LA REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA

 Presentamos el documento de 35 medidas para combatir la corrupción en sus distintas formas: corruptos, corruptores, fraude fiscal y cargos públicos.

16/06/2025

 

El momento actual, con graves heridas en la ética pública, exige convertir en acción legislativa la lucha contra la corrupción, con medidas radicales para exterminar una lacra que puede arrasar con la propia democracia.

La recuperación de la credibilidad y la exigencia de amplios sectores sociales que no quieren que llegue la extrema derecha al gobierno exige cumplir con ellos a través de lo que debe hacer el Parlamento y el Gobierno: leyes y normas para su ejecución que recuperen la confianza y den seguridad y certidumbre a quienes desean que la corrupción sea una pesadilla a la que se le dé portazo definitivo.

En el presente documento se señalan 35 iniciativas, medidas y reformas que desde Izquierda Unida se proponen para afrontar con eficacia la lucha contra las prácticas corruptas, los corruptos y los corruptores.

Son medidas que esta organización política ha elaborado a lo largo de 30 años, muchas de las cuales se han intentado abrir paso infructuosamente hasta ahora.

Puedes descargar el PDF pinchando aquí.

Medidas relativas a la persecución de los delitos relacionados con la corrupción

1. Ley integral anticorrupción.

·         Los corruptos y corruptores asumirán los costes directos e indirectos de sus acciones, perjuicios a terceros, costes judiciales, restitución derechos lesionados.

·         Prohibición de concurrir a concursos públicos de contratación de empresas condenadas ellas o sus directivos por corrupción en los últimos diez años.

2. Ley expropiatoria de bienes o beneficios adquiridos mediante prácticas corruptas: debe perseguirse de forma especial el rol que juegan las empresas corruptoras y sus dirigentes, ampliando responsabilidades en el seno de la estructura empresarial corrupta.

3. Ampliación de los tipos penales y endurecimiento en algunos supuestos de penas establecidas en el Código Penal para corruptos y corruptores.

·         Deben abordarse también las conductas de pasividad ante la corrupción en supuestos de conocimiento de estas prácticas y falta de denuncia por parte de sujetos de la estructura interna de las empresas, la administración o las organizaciones políticas y sociales.

·         Endurecimiento del delito de cohecho o soborno impropio.

·         Endurecimiento de las penas del delito fiscal y ampliación del plazo de prescripción.

4. Inhabilitación de 30 años para ocupar cargos públicos y urgencia en los expedientes judiciales con cargos públicos imputados.

5. Tramitación y aprobación de la ley de creación y desarrollo de la Oficina de prevención de la corrupción:

·         Siguiendo las indicaciones GRECO, la Oficina de prevención de la corrupción tendrá como función la prevención, detección, investigación y erradicación de la corrupción, el fraude y el uso o destino ilegal de fondos públicos, así como cualquier otro aprovechamiento irregular derivado de conductas que conlleven conflicto de intereses o el uso en beneficio privado de informaciones derivadas del ejercicio de funciones incluidas en el ámbito de actuación concreto.

·         Tendrá independencia y autonomía y su presidencia será elegida por el Pleno del Congreso.

6. Refuerzo de la Fiscalía Anticorrupción, tanto en medios materiales como humanos, incluidas las unidades policiales de supervisión y lucha contra la corrupción.

7. Mantenimiento del estatuto legal de las acusaciones populares y limitación legal del máximo a imponer en fianzas para poder ejercer la acusación popular.

8. Reforma de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción para dotar de mayores garantías a los denunciantes de corrupción.

9. Aprobación urgente del Proyecto de Ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés, que se encuentra en estos momentos en tramitación y regula por primera vez la actividad de los ‘lobbies’ en sus relaciones con las instituciones y el conjunto del sector público.

10. Aprobación urgente de la reforma del Reglamento del Congreso para incorporar un nuevo Título XIV para la regulación de los grupos de interés y los incumplimientos o infracciones por parte de los diputados y grupos parlamentarios. Debe exigirse igual reforma en el Senado y el resto de parlamentos autonómicos en los que su normativa siga siendo poco exigente o nula.

11. Modificación de la ley de indultos para que no se pueda conceder a condenados por corrupción.

12. Limitación de aforamientos. En línea con el principio 6 de los 20 principios directores para la lucha contra la corrupción adoptados por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 6 de noviembre de 1997 de cuyo cumplimiento se encarga el grupo Greco.

13. Favorecer la especialización de personas u organismos encargados de luchar contra la corrupción y otorgarles los medios y la formación necesarios para el ejercicio de sus funciones.

14. Eliminación de la inviolabilidad del monarca.

Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

15. Desarrollo de la Ley General Tributaria para mayor eficacia en la prevención y lucha contra el fraude.

16. Atribución a la Agencia Tributaria la función de investigar el fraude fiscal organizado y blanqueo de capitales.

17. Dotación de medios financieros, materiales, tecnológicos y humanos a la Agencia Tributaria, al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Banco de España; a las Fuerzas de Seguridad encargadas de la lucha contra la delincuencia económica y fiscal; a la Fiscalía Anticorrupción.

18. Creación de una Policía Fiscal en la Agencia Tributaria.

19. Lucha contra el fraude en el IVA.

20. Prohibición para que las entidades bancarias españolas tengan filiales o sucursales en paraísos fiscales. Todo movimiento de fondos con origen o destino a un paraíso fiscal tributarán en España al 24%.

21. Medidas de control de los procesos de contratación de las administraciones públicas.

22. Reforma de la Ley de Contratos del Sector Público, para limitar las revisiones de precios y sobrecostes.

23. Reforma de la legislación de transparencia e información pública, para ampliar y profundizar en los supuestos de publicación y transmisión de información de los procesos de contratación.

24. Publicación de documentos relativos a procedimientos y contratos de urbanismo en tiempo real.

25. Registro público de recalificaciones de suelo.

26. Creación de una unidad en la Agencia Tributaria de comprobación de los datos fiscales declarados y los datos registrados como plusvalías de convenios urbanísticos y recalificaciones.

Cargos públicos

27. Los salarios de los representantes electos no excederán al del funcionario de rango más alto de la administración en la que ejerce su labor. Eliminación de los complementos de cargo.

28. Eliminación de los planes de pensiones privados u otras prestaciones por ser cargo público.

29. Todas las personas con responsabilidades públicas tendrán la obligación de depositar su declaración de bienes e intereses en un registro público.

30. Regulación y transparencia en regalos e invitaciones. Los obsequios con valor superior a 200€ serán rechazados o entregados a la institución.

31. Incompatibilidad de tres años para ejercer en empresas privadas o prestar servicios en sectores directamente relacionados con su cargo.

Campañas electorales

32. Limitar drásticamente los gastos de las candidaturas por partidos políticos.

33. Los registros y archivos del Tribunal de Cuentas serán de acceso público.

34. Código ético del cargo público comprometiéndose a denunciar cualquier dato de corrupción que conozca, separarse de cargos electos o puestos de libre designación tras su imputación, siendo definitiva cuando sean condenados.

Medidas contra el transfuguismo

35. Reforma del Pacto contra el transfuguismo. Imposición de sanciones, suspensión de militancia, eliminación o reducción de dietas e indemnizaciones y exigencia del cargo público a infractores.

jueves, 12 de junio de 2025

CARTA ABIERTA A LA CIUDADANÍA DE HOYO DE MANZANARES

Como concejala de Personal en la anterior legislatura, me veo en la obligación de responder públicamente a las declaraciones de la alcaldesa Victoria Barderas, publicadas en la revista MásVive, en las que culpa a los trabajadores municipales y al equipo de gobierno anterior de la actual parálisis institucional.

Sus palabras no solo son profundamente injustas, sino también irresponsables.

La plantilla municipal no ha cambiado. Son los mismos profesionales que, con compromiso y vocación de servicio público, han sostenido este Ayuntamiento durante años. Si hoy los servicios se ven deteriorados, no es por falta de personal, sino por falta de dirección política. La responsabilidad de gobernar implica asumir errores, no buscar chivos expiatorios entre quienes sostienen el día a día del municipio.

Durante nuestra legislatura, con menos recursos humanos y sin alardes, se abrió la piscina municipal el 1 de Junio, se publicaron las ejecuciones presupuestarias en tiempo y forma, se licitaron los contratos del polideportivo, se mantuvo operativa la biblioteca, y se gestionaron con eficacia los contratos menores. Todo esto, además, cumpliendo con nuestras obligaciones legales: las cuentas municipales se presentaron dentro de plazo, sin excusas ni victimismo.

Y no solo eso: el periodo medio de pago a proveedores en nuestra legislatura era de 19 días. Hoy, bajo el actual gobierno, ese plazo ha ascendido a 56 días. Este dato, objetivo e inapelable, refleja el verdadero estado de la gestión económica y administrativa del equipo actual.

La política no puede convertirse en un escaparate de titulares grandilocuentes mientras la gestión real se hunde entre excusas. La confrontación constante con la plantilla y la oposición no es gobernar. Hoyo de Manzanares necesita responsabilidad, diálogo y eficacia.

Pido a la actual alcaldesa que abandone la estrategia del enfrentamiento y asuma su responsabilidad institucional. Porque gobernar no es señalar con el dedo, sino dar la cara.

“Lo que dice Juan de Pedro, dice mas de Juan que de Pedro”

 

M. Jesus Cimadevilla
Concejala de Personal IU (2019–2023)
Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares

LA ALCALDESA Y UN ASESOR DEL ACTUAL GOBIERNO DE HOYO DE MANZANARES SE SIENTAN EN EL BANQUILLO ACUSADOS DE PREVARICACIÓN URBANÍSTICA

  Hoy 30 de junio, en la Audiencia Provincial de Madrid da comienzo un juicio oral contra once personas, el entonces Alcalde, 8 concejales ...