IZQUIERDA UNIDA: DESDE EL GOBIERNO, CON O SIN CONCEJALES, SIEMPRE AL LADO DE LAS CLASES TRABAJADORAS

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miércoles, 3 de enero de 2024

LOS EXPERTOS CONCEJALES/ABOGADOS DEL EQUIPO DE GOBIERNO

  Los Srs.Villares  y Matanzo,Concejales de
Cultura, Urbanismo y Medio ambiente respctivamente
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En el Pleno extraordinario y urgente del “Tasazo”, tanto el Sr. Matanzo, portavoz del Grupo Popular, como el Sr. Villares, de Vox, insinuaron que los vecinos que hubieran presentado sus alegaciones dentro del plazo que marca la ley, podrían haber cometido fraude de ley y que lo iban a estudiar.

El Sr. Villares fue aún más lejos (debían estar compitiendo por cuál de los dos hacia más el ridículo) al afirmar que, según su criterio, había habido plazo suficiente para presentar las alegaciones. Ahora resulta que los plazos que marca la ley de procedimiento administrativo, para la defensa de los derechos de la ciudadanía, dependen del criterio del Sr. Villares.

Para que no tengan que repasar los apuntes del primer curso de derecho, les citamos los artículos 16.4.b y el art. 30.3 de la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común:

Art. 16.4.b. Registros:

Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Artículo 30.3 Cómputo de plazos:

Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

Sres. Matanzo y Villares, ambos concejales y abogados:

a)    La publicación provisional se publicó en el BOCM el día 13 de noviembre, por tanto, el plazo de alegaciones finalizaba el día 28 de diciembre (30 días hábiles)

b)    Todas las alegaciones presentadas hasta esa fecha por las vías recogidas en el artículo 16.4.b y de la ley 39/2015, también las presentadas por correo administrativo a través de Correos, están legalmente presentadas en tiempo y forma.

Animamos a los expertos licenciados en Derecho del equipo de gobierno a que pongan una denuncia por fraude de ley a los ciudadanos que han presentado las alegaciones de esta forma, y entre los que se encuentran dos militantes de la Asamblea local de Izquierda Unida de Hoyo.

Y también animamos a los vecinos y vecinas a que visualicen el pleno y traten de averiguar qué hacía el Sr. Matanzo durante el pleno, con una actitud que demuestra una falta de respeto absoluta a los concejales de la oposición, a los vecinos que asistieron al Pleno, así como a toda la ciudadanía de Hoyo.

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